Este viernes en las instalaciones del consejo
legislativo se llevo a cabo la primera consulta del proyecto de ley de descentralización,
delimitación y transferencia de competencias del poder público estadal al poder
popular, dicha actividad estuvo encabezada por la presidenta del Clez Magdely
Valbuena y los legisladores.
Como invitados estuvieron presentantes en la consulta
importantes instituciones del Estado: Gobernación del Zulia, Representantes de
funda comunal, universidades privadas:
Universidad José Gregorio Hernández, Universidad Rafael Belloso Chacin entre
otros
El legislador Lisandro Márquez, acotó: Es importante este
proyecto de ley porque se trata de la gestión del poder popular y el
financiamiento de sus proyectos que son trascendentales para el beneficio de las
comunidades, así mismo para los pueblos indígenas los cuales desarrollan sus
proyectos basados en sus caracterización de hábitat.
Márquez, puntualizo “nuestro aporte para esta ley es
que se apoye con la LOPCI (Ley orgánica de pueblos y comunidades indígenas) en
el artículo 125 que habla del financiamiento de proyectos y programas de
desarrollo económico que requieren financiamiento para su ejecución de su hábitat
y tierra, en este caso los hermanos Bari, Añu, Yukpa, Japreria y Wayuu, por ejemplo,
si en la sierra de perija realizan un proyecto de la producción de cacao o café
fácilmente se pueden transferir los recursos a través de esta ley.
Así mismo los procesos de transferencia deben ser
entregados a la secretaria de pueblos y comunidades indígenas de la Gobernación
Bolivariana del Estado Zulia, para el acompañamiento de la evaluación de diagnostico
social de la comunidades el plan de transferencia para luego determinar el
costo y recurso de financiamiento a través de un presupuesto siguiendo con la ejecución
y el control social garante de la acción, prevención y supervisión.
En concordancia con la ley orgánica del poder
popular en la disposición final tercera,
el ejercicio de la participación del pueblo y el estimulo de la iniciativa y organización
del Poder Popular establecidos en la presente ley, se aplicara en los pueblos y
comunidades indígenas, de acuerdo a sus usos, costumbres y tradiciones.